El Consejo de Gobierno ha aprobado ayer jueves el Proyecto de Decreto por el que se autoriza la implantación del programa educativo ‘La cultura con las aves’ en territorios calificados como suelos Rústicos de Protección
Agraria en Arucas (Gran Canaria), promovido por la entidad Gramobel, S.L.
Mediante este Decreto, según ha informado el Gobierno de Canarias, el Ejecutivo da luz verde a la puesta en marcha de esta iniciativa en las instalaciones preexistentes en las fincas propiedad
de la empresa en Cruz de Pineda, en el municipio grancanario, que permitirá complementar los esfuerzos de educación ambiental que se vienen desarrollando en los centros públicos no universitarios que gestiona la Administración autonómica.
El objetivo de este proyecto es acercar a escolares, universitarios y público en general los valores de la naturaleza y del medio rural a través de la enseñanza teórica y práctica de la evolución de las aves. Se busca transmitir la importancia de la conservación y protección de estos animales y su entorno, profundizando en el desarrollo científico de los mismos mediante el estudio de su origen salvaje, de las distintas razas existentes, y concretamente de la genética del pájaro canario (Serinus canarius) y de la paloma (Columba livia). Asimismo se pretende transmitir los conocimientos esenciales de las técnicas de cría y adiestramiento de palomas y canarios y actividades relativas a la avicultura artística.
Dicha autorización tiene lugar tras acreditarse que el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria no recoge prohibición expresa y específica para implantar el uso pretendido, permitido con arreglo al vigente Plan General de Ordenación del municipio de Arucas, y certificarse el interés público del proyecto y la presencia en su programa de valores ambientales y contenido educativo, así como la oportunidad de su implantación en suelo rústico, dada la preexistencia de las instalaciones a utilizar y la naturaleza agropecuaria de las actividades en las que se fundamenta este programa.
La presente autorización se concede a los efectos previstos en el artículo 63.9 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo (Trlotenc). El uso pretendido deberá tener en cuenta las determinaciones de ordenación que, en su caso, resulten aplicables según lo especificado en el planeamiento insular y general vigente, y en cualquier caso, las previstas en el artículo 65 del Trlotenc en lo que resulte procedente.
Este permiso se otorga con carácter condicionado, debiéndose resolver la accesibilidad y conexión a las redes de suministros y servicios con carácter previo o simultáneamente a la ejecución de las actuaciones proyectadas.
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pájaro canario (Serinus canarius) |
El objetivo de este proyecto es acercar a escolares, universitarios y público en general los valores de la naturaleza y del medio rural a través de la enseñanza teórica y práctica de la evolución de las aves. Se busca transmitir la importancia de la conservación y protección de estos animales y su entorno, profundizando en el desarrollo científico de los mismos mediante el estudio de su origen salvaje, de las distintas razas existentes, y concretamente de la genética del pájaro canario (Serinus canarius) y de la paloma (Columba livia). Asimismo se pretende transmitir los conocimientos esenciales de las técnicas de cría y adiestramiento de palomas y canarios y actividades relativas a la avicultura artística.
Dicha autorización tiene lugar tras acreditarse que el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria no recoge prohibición expresa y específica para implantar el uso pretendido, permitido con arreglo al vigente Plan General de Ordenación del municipio de Arucas, y certificarse el interés público del proyecto y la presencia en su programa de valores ambientales y contenido educativo, así como la oportunidad de su implantación en suelo rústico, dada la preexistencia de las instalaciones a utilizar y la naturaleza agropecuaria de las actividades en las que se fundamenta este programa.
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paloma (Columba livia). |
La presente autorización se concede a los efectos previstos en el artículo 63.9 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo (Trlotenc). El uso pretendido deberá tener en cuenta las determinaciones de ordenación que, en su caso, resulten aplicables según lo especificado en el planeamiento insular y general vigente, y en cualquier caso, las previstas en el artículo 65 del Trlotenc en lo que resulte procedente.
Este permiso se otorga con carácter condicionado, debiéndose resolver la accesibilidad y conexión a las redes de suministros y servicios con carácter previo o simultáneamente a la ejecución de las actuaciones proyectadas.